La Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Supremo (TS) confirmó el pago de una indemnización de un millón de euros a unos padres como consecuencia de las lesiones sufridas por su bebé en el parto.Negligencia medica

El Tribunal Supremo confirma el pago por la atención sanitaria «defectuosa» recibida en el Hospital General Yagüe de Burgos

La Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Supremo (TS) confirmó el pago de una indemnización de un millón de euros a unos padres como consecuencia de las lesiones sufridas por su bebé en el parto, el 20 de abril de 2007, debido a la atención sanitaria «defectuosa» que le prestaron los servicios del desaparecido Hospital General Yagüe de Burgos.

El tribunal desestimó el recurso de casación interpuesto por los progenitores, en su propio nombre y como representantes legales de su hija, contra la sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León (TSJCyL) que fijó en 1.007.722 euros la indemnización que tenían que cobrar por daños y perjuicios. De este modo, incrementó en 200.000 euros la cantidad reconocida por la Consejería de Sanidad de la Junta, que estableció el pago de 807.722 euros.

En su recurso, solicitaban que se anulara la sentencia del TSJCyL por no haber estimado íntegramente sus pretensiones. Esta petición es rechazada por la Sala que confirma en todos sus términos la sentencia recurrida, que decidió incrementar la indemnización en 200.000 euros al considerar que la cantidad establecida por la Administración no garantizaba una reparación integral al haber excluido algunas cuestiones como la adaptación de la vivienda y del vehículo familiar o el pago de determinadas terapias (natación, fisioterapia, musicoterapia), que tendrían que ser abonadas para paliar en mejor medida los perjuicios acreditados, informa Ical.

Otro caso en el hospital

Ya en 2016, la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Supremo condenó a la Consejería de Sanidad, y solidariamente a Zúrich Insurance PLC España, a pagar 200.000 euros, en concepto de responsabilidad patrimonial, por los daños y perjuicios derivados de las graves lesiones sufridas por un bebé durante el parto en el hospital General de Yagüe de Burgos.

Los hechos ocurrieron en noviembre de 2006 en el hospital General de Yagüe de Burgos, donde la madre, que estaba en la semana 41, ingresó para un parto inducido. A las 9,30 de la mañana la trasladaron a la sala de dilatación tras romper la bolsa de forma espontánea. Durante seis horas de parto inducido -entre 10,15 horas hasta 16,21 horas- el patrón de frecuencia fetal fue normal, pero según los hechos probados, a las 16,48 se produjo el primer signo de compromiso fetal al sufrir una bradicardia de unos seis minutos de duración con latido cardiaco menor de 100 pulsaciones por minuto. Sobre las 17,10 horas, sufrió una nueva bradicardia y, al constatar que se había producido un desprendimiento precoz de placenta, se realiza a la madre una cesárea de urgencia a las 17,19 horas. El niño sufre parálisis cerebral espástica, retraso psicomotor y síndrome de West.

ABC.ES 12/10/2018