Los patinetes, tanto eléctricos como carentes de motor, han experimentado un importante crecimiento en nuestras ciudades y se han convertido en una de las principales alternativas de movilidad urbana.

Su uso exige determinado requisitos (casco, mayor de 15 años, velocidad..etc) y sobre todo, la suscripción de un seguro de responsabilidad civil obligatoria, como los vehiculos, para cubrir los posibles daños que cause.

Los patinetes, tanto eléctricos como carentes de motor, han experimentado un importante crecimiento en nuestras ciudades y se han convertido en una de las principales alternativas de movilidad urbana.

Patinetes eléctricos, patines sin motor, segways, hoverboards, airwheels… Estos y otros nombres se han apoderado de las calles de las grandes ciudades en los últimos meses. Tal ha sido su crecimiento que la nueva Ordenanza de Movilidad Urbana de Madrid los contempla como un nuevo medio de transporte, con normas propias de circulación y bajo la denominación VMU (Vehículos de Movilidad Urbana).

NORMAS COMUNES PARA TODOS LOS TIPOS DE VMU

Pese a que los diversos tipos de vehículos han obligado a establecer diferentes categorías con normas propias, existen una serie de disposiciones comunes para todos los tipos de VMU, indistintamente de si éstos están movidos, o no, por un motor eléctrico.

En primer lugar, el mínimo de edad para circular con un Vehículo de Movilidad Urbana es de 15 años y los menores sólo podrán hacer uso de estos siempre y cuando estén acompañados en un recinto cerrado al tráfico. Además, se especifica que la responsabilidad de lo que al niño pudiera sucederle recae sobre sus progenitores o tutores legales.

Además, se especifica que todos los menores de 16 años que se muevan con vehículos englobados en la calificación A o B (las cuales veremos más adelante) tendrán que llevar casco de manera obligatoria, mientras que en el resto de supuestos se recomienda su uso.

También, tal y como sucede con las bicicletas y el resto de vehículos a motor, está prohibido circular con cascos (excepto que éstos estén integrados en un casco homologado) y bajo los efectos del alcohol o de cualquier tipo de droga.

En cuanto a su circulación, se prohíbe su uso en la acera y calles peatonales, salvo en contadas ocasiones que ahora analizaremos, y en los carriles bus. De igual modo, el uso de cualquier VMU queda prohibido en todos los accesos y tramos de la M30 no semaforizados.

A continuación, te explicamos todos los tipos de patines (con y sin motor) con los que puedes moverte por la capital y qué restricciones tiene cada uno de ellos.

PATINES Y PATINETES SIN MOTOR

En este caso hablamos de los patines y patinetes tradicionales y que conocemos desde hace años. Nos referimos a los vehículos en los que la fuerza de nuestro cuerpo es el único motor, sin artilugios eléctricos para ayudarnos en nuestros desplazamientos.

Lo más importante es que estos vehículos pueden circular por las aceras siempre que lo hagan a velocidad adaptada al paso de los peatones. Del mismo modo, se pueden mover por parques públicos siempre que respeten las zonas ajardinadas. Aunque la diferenciación más importante viene en su uso compartido con la bicicleta y el resto de vehículos.

Los patines y patinetes sin motor se pueden mover por las aceras-bici, las sendas ciclables, las pistas-bici, las ciclocalles y los carriles bici protegidos. Del mismo modo, lo pueden hacer por los carriles bici no protegidos, aunque los patinadores tendrán que ser mayores de 16 años o ir acompañados de un adulto en caso de que su edad sea inferior a esta.

En caso de que su uso se haga por un carril bici no protegido, el patinador deberá llevar casco, ir señalizado con elementos reflectantes y, en casos de escasa visibilidad, será obligatoria una luz de posición. Además, se hace hincapié en que su uso deportivo queda relegado a los espacios especialmente diseñados para ello.

Por último, hay que tener en cuenta que no se contempla su uso en los ciclocarriles, aquellos que están limitados a 30 km/h para facilitar el tránsito de las bicicletas.

PATINETES ELÉCTRICOS Y OTROS TIPOS DE VMU DE LOS GRUPOS A Y B

Dentro de los VMU movidos por un propulsor eléctrico, los grupos A y B son los más habituales en nuestras calles. En el grupo A se engloban los aparatos más pequeños y, en concreto de los denominados patinetes eléctricos, hoverboard (una plataforma con dos ruedas) o airwheel (dos plataformas con una rueda). Por el contrario, en el grupo B encontramos los segways (la plataforma con dos ruedas de grandes dimensiones y manillar tan utilizado por los turistas) y los patinetes eléctricos de mayor tamaño (con asiento incluido).

En ambos casos, los vehículos podrán circular por los carriles bici protegidos, pistas bici, ciclocalles, aceras bici, sendas bici y las calzadas de las calles residenciales con velocidad limitada a 20 km/h. Si hablamos del grupo B, éstos podrán circular por las calzadas de las llamadas zonas 30.

VMU DEL GRUPO C

Este grupo está formado por tres divisiones aunque todas ellas cuentan con características muy similares y no presentan diferencias importantes en sus normas circulatorias. Estamos hablando de los Vehículos de Movilidad Urbana de mayor tamaño y en algunos de ellos se permite el desplazamiento de más de un pasajero.

Lo más importante que hay que tener en cuenta a la hora de circular es que éstos podrán moverse por allí por donde circulan las bicicletas, incluidos los carriles bici sin separación de la vía o por aquellos carriles limitados a 30 km/h. Lógicamente, se permite su paso por las zonas asfaltadas de las zonas 30, aunque podrán quedar restringidos de los túneles (los cuales deberán tener señalización expresa de dicha prohibición).

ALGUNOS DETALLES SOBRE SU ALQUILER

Por último, más allá de su circulación, si vas a alquilar uno de estos vehículos para moverte por Madrid, hay una serie de requisitos que puedes pedir a la empresa contratada.

Todos los VMU de alquiler deberán contar con un seguro de responsabilidad civil obligatoria para responder a los posibles daños causados durante su uso y será necesario el caso para los grupos A y B, independientemente de la edad de los usuarios.

Por último, las denominadas ciclobarras (vehículos en los que un grupo de personas pedalean alrededor de una barra mientras consumen bebidas alcohólicas y son guiadas por un tercero que decide la dirección del vehículo) han quedado expresamente prohibidas, al tiempo que se han endurecido los requisitos para circular en grupos de más de ocho personas mediante Vehículos de Movilidad Urbana.

AUTOPISTA.ES 11/10/2018