Responsabilidad patrimonial al no vigilar el estado de los arboles del recinto municipal, preservando la seguridad de usuarios. Pago de indemnización del daño
El Ayuntamiento de Lucena tendrá que indemnizar a una persona que resultó herida de gravedad cuando se le cayó encima la rama de un árbol mientras disfrutaba de una jornada en la piscina municipal. El Consejo Consultivo de Andalucía le ha quitado la razón al Consistorio lucentino, que rechazaba el abono de una indemnización al considerar que no había lugar para ello.
Según la resolución, a la que ha tenido acceso este periódico, los hechos ocurrieron en agosto del año 2014 en la piscina municipal. La persona que reclama el pago de la indemnización sufrió un golpe cuando se desprendió la rama de un árbol de la piscina. El Ayuntamiento lucentino considera que el daño que supuestamente habría sufrido no está justificado por lo que llevó el caso al Consultivo para que determinase si el mismo se produjo o no.
Así, el Consejo Consultivo señala que en enero de 2015 persistía la cervicalgia que habría sufrido la persona herida. No obstante, sí que ve exagerada la indemnización que le solicita al Ayuntamiento, un total de 23.989,69 euros.
El Consultivo considera que la persona afecta ha presentado un informe médico pero no un segundo que determina que necesitó 39 días para curarse de sus heridas. Por eso, el Consejo insiste en que le corresponde una indemnización, pero que es mucho menor a la que pretende.
Por otra parte, el Consejo entiende que el Ayuntamiento no puede desvincularse de estos hechos, ya que tenía en su poder informes municipales que advertían del mal estado en el que estaban los árboles de la piscina municipal, que suponían un riesgo para el público.