Condenado Sermas por no activar el Código Ictus, lo que le supuso un retraso en la actuación de atención por neurólogo y una pérdida de oportunidad terapéutica.Indemnización de 60.000 euros

Madrid, 29 oct (EFE).- El Servicio Madrileño de Salud (Sermas) ha sido condenado a indemnizar con 60.000 euros a una mujer de 65 años que sufrió un ictus pero en cuya atención sanitaria no fue activado el ‘código ICTUS’, lo que supuso la «pérdida de oportunidad terapéutica» para mejorar su recuperación.

Según explica en un comunicado El Defensor del Paciente, que ha llevado la defensa de la mujer, la sentencia del Tribunal Superior de Justicia ha determinado que el Sermas indemnice a la mujer al entender que la paciente sufrió un retraso en la asistencia.

La paciente, D.F.C., de 65 años, se levantó un día con dificultad para mover una pierna y un brazo y para hablar; tras avisar a una vecina y su sobrina, éstas avisaron al 112 y advirtieron de los síntomas.

Por su parte, la ambulancia que acudió a atenderla comprobó el déficit neurológico, pero pese a ello no se activó el ‘código ICTUS’, ni en la llamada al 112 ni en la revisión que se efectuó a la paciente.

La mujer fue trasladada al Hospital Gregorio Marañón, pero no fue atendida por un neurólogo hasta 12 horas después de su ingreso, lo que, según el Defensor del Paciente, «claramente retrasó el diagnóstico del ictus e imposibilitó el tratamiento temprano».

Según la sentencia, «todos los peritos coinciden en señalar que el código ictus debió ser activado» y que la «mala praxis es por la falta de atención neurológica especializada que se hubiera debido prestar a su llegada a urgencias del hospital», lo que claramente supuso la pérdida de oportunidad de la aplicación del tratamiento con trombolisis.

«La indemnización que se concede de 60.000 euros entendemos no responde al daño ocasionado debido a las graves secuelas ocasionadas, pero se basa en la incertidumbre de lo que hubiera sucedido de haber actuado conforme a los protocolos, la llamada ‘pérdida de oportunidad'», explica el Defensor del Paciente. EFE

 

www.lavanguardia.com 29/10/2018